Retorno de Profesionales Sanitarios

El artículo 42 de la Constitución Española, conmina al Estado a velar por los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y a orientar sus políticas hacia su retorno. El artículo 26.1 del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, regulado en la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, precisa las finalidades de la política de retorno: “El Estado en colaboración con las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, promoverá una política integral para facilitar el retorno de los españoles de origen residentes en el exterior. A tal fin, los poderes públicos, para un eficaz y eficiente aprovechamiento de los recursos públicos, coordinarán sus actuaciones para que la integración social y laboral de los españoles que retornen se realice en las condiciones más favorables.”

A continuación, se ofrece información que puede facilitar el proceso de retorno de profesionales sanitarios españoles en el extranjero.